La DGT cambia los adelantamientos a ciclistas: habrá que reducir 20 km/h la velocidad desde octubre
La nueva normativa entra en vigor el 1 de octubre y establece nuevas obligaciones para los conductores cuando rebasen a una bicicleta en carretera

La forma de adelantar a los ciclistas en las carreteras españolas cambiará a partir del próximo 1 de octubre. La reforma del Reglamento General de Circulación introduce una nueva medida destinada a aumentar la protección de los usuarios más vulnerables: los conductores tendrán que reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía cuando adelanten a una bicicleta fuera de poblado.
Esto significa que, en una carretera limitada a 90 km/h, el vehículo deberá efectuar el adelantamiento a una velocidad máxima de 70 km/h. No se establece, por tanto, una velocidad única para realizar la maniobra, sino una reducción obligatoria respecto al límite existente en cada tramo.
La distancia de 1,5 metros se mantiene
Esta nueva obligación se añade a las medidas de seguridad que ya deben respetarse al adelantar a un ciclista.
Los vehículos deberán mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros. Además, cuando la carretera disponga de dos o más carriles en el mismo sentido, será obligatorio ocupar completamente el carril contiguo para efectuar el adelantamiento.
La normativa de tráfico contempla la pérdida de seis puntos del permiso de conducir cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas o sin respetar la separación lateral mínima establecida.
También habrá cambios dentro de las ciudades
La reforma introduce novedades importantes en las vías urbanas. Cuando un vehículo circule detrás de un ciclista dentro del mismo carril deberá mantener una distancia mínima de cinco metros.
Las bicicletas, además, podrán circular preferentemente por el centro del carril, una medida con la que se pretende aumentar su visibilidad y reducir situaciones de riesgo provocadas por adelantamientos demasiado próximos.
En determinadas calles de un único carril y limitadas a 30 km/h o menos, los ayuntamientos podrán incluso autorizar que las bicicletas circulen en ambos sentidos, siempre que exista la señalización correspondiente.
Casco obligatorio para todos los ciclistas en carretera
Otro de los cambios relevantes afecta directamente a quienes utilizan la bicicleta. La nueva regulación elimina las excepciones existentes para el uso del casco en vías interurbanas, por lo que será obligatorio para todos los ciclistas.
En el caso de los trabajadores que desarrollen su actividad profesional en bicicleta, como los conocidos como riders, será obligatorio utilizar casco y chaleco reflectante.
La modificación del Reglamento General de Circulación, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de junio, tiene como objetivo reforzar la seguridad de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal.
Las nuevas medidas comenzarán a aplicarse con carácter general el próximo 1 de octubre de 2026, por lo que los conductores deberán prestar especial atención a las nuevas condiciones establecidas para adelantar a ciclistas en carretera.



